Recomendaciones para perfeccionar la legislación universitaria y los procedimientos académicos y administrativos



Recomendación General a los Lineamientos Operativos para la Tramitación del Recurso de Revisión de las Resoluciones a que se refiere el art. 50 de la Ley Orgánica.

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Recomendación General a los Lineamientos para la Expedición, Modificación, Aprobación, Formalización y Difusión de Disposiciones Normativas de la UACJ

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En el informe de Actividades del año 2022 / Se emita la normatividad correspondiente para que los montos de inscripción, créditos y el otorgamiento de estímulos, apoyos o becas sean conferidas sin distinción de ningún tipo.

Por motivo de los montos notablemente diferentes, en costos de inscripción y créditos a estudiantes universitarios no nacionales, con relación a los montos que estudiantes nacionales deben cubrir, al igual que la omisión de conferirles apoyos o becas cuando obtienen calificaciones de excelencia académica.


Se analizo que el Reglamento de Distinciones, Estímulos y Apoyos de la Universidad, es el ordenamiento que regula el otorgamiento de apoyos o becas, el cual establece que dichos estímulos, apoyos o becas son conferidas por diversos motivos, pero en su integralidad, se establecen en beneficio de “estudiantes” en su acepción contenida en el artículo 44 de la Ley Orgánica, con relación al artículo 2º del Reglamento Académico de Alumnos de la Universidad; en consecuencia, nuestra normatividad no contiene una disposición que expresamente faculte a las Autoridades Administrativas, para distinguir entre estudiantes nacionales o extranjeros, por lo que una vez que se obtienen los requisitos académicos para su otorgamiento, como específicamente puede ser un promedio de excelencia, genera en su favor ──previos los trámites administrativos correspondientes── al otorgamiento de una beca en los términos del inciso e) del artículo 8° del Reglamento antes indicado, ya que nos encontramos inmersos en un estado constitucional de derecho.

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En el Informe de Actividades del año 2021 / Se Instituya una Comisión Universitaria para Inclusión de Personas Discapacitadas.

Con el propósito de conferir en forma íntegra y sistemática la protección de los derechos fundamentales consagrados en nuestra Constitución, a todos los integrantes de la comunidad universitaria que presentan alguna clase de discapacidad y se promueva, proteja y asegure el pleno goce y en condiciones de igualdad de todos sus integrantes, es por lo que consideramos necesario que se instituya una Comisión Universitaria para Inclusión de Personas Discapacitadas.

Dicha Comisión, tendría como objetivo fundamental, garantizar la inclusión y desarrollo de las personas con discapacidad para el ejercicio pleno de sus derechos humanos y libertades fundamentales, estableciendo en forma sistemática las directrices, objetivos, los programas, estrategias, autorizaciones para la proyección de obras o modificaciones y líneas de acción para el desarrollo integral de las personas con discapacidad, es por lo que emitimos la siguiente:

RECOMENDACIÓN GENERAL:

Proceda el H. Consejo Universitario a generar los actos jurídicos y materiales necesarios para a instituir la Comisión Universitaria para la Inclusión de Personas Discapacitadas que tenga como función primordial, cumplir con los fines específicos que se mencionaron con antelación, pues de esta manera avanzamos en la inclusión sistemática de los integrantes de la comunidad universitaria que cuentan con alguna discapacidad.

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Junio del año 2020 / Que se emita la regulación de las actividades del comercio informal, al interior de la Universidad.

Por motivo de diversos planteamientos efectuados en el mes de febrero del 2020, por estudiantes que desarrollaban actividades comerciales al interior de los campus universitarios y que derivaron diversas incidencias, se emitió recomendación general al H. Consejo Universitario para que se genere la regulación de las actividades del comercio informal, al interior de la Universidad, pues no se cuenta con dicha con ella.

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En el Informe de Actividades del año 2020 / Se Instituya un Órgano de Difusión Oficial que concentre todas las publicaciones normativas de la Universidad

En atención de que las disposiciones normativas son publicadas en diversos medios; se emitió con carácter general, RECOMENDACIÓN al H. Consejo Universitario, con el propósito de instituir formalmente un medio de difusión oficial, que tenga por objeto concentrar la difusión Institucional de los acuerdos, actas, instrucciones, circulares, reglamentos etc… que con carácter general sean aprobados por los (el) órganos (o) colegiados(o) que correspondan(a); incrementando con ello seguridad jurídica a los integrantes de la comunidad universitaria.

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En el Informe de Actividades del año 2020 / Transparentar los procesos administrativos conforme al Plan Institucional de Desarrollo, acorde al Derecho de Transparencia y Acceso a la Información Pública y principios constitucionales integradores.

Acorde con la reforma Constitucional en materia de transparencia y acceso a la información, de fecha 7 de febrero del año 2014; en el Plan Institucional de Desarrollo, aprobado por el H. Consejo Universitario, conforme a la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez, se estableció el compromiso de mantener permanentemente informada a la comunidad universitaria, transparentando sus pro¬cesos administrativos, motivo por el cual, con carácter general se RECOMENDO que previo el establecimiento de las metodologías correspondientes; procedan los Consejos Técnicos de ICSA, ICB, IADA, IIT, el H. Consejo Académico y los Comités Académicos de Posgrado, de los diversos Institutos de la Universidad, a difundir en forma permanente, accesible y actualizada, las actividades que cotidianamente realizan en beneficio e interés de la comunidad Universitaria, entre otras y como elemento fundamental las actas de las sesiones que celebran por motivo del ejercicio de sus atribuciones, así como acuerdos, lineamientos, criterios, metodologías, instructivos, que eventualmente aprueben, acorde al derecho fundamental de transparencia y principio de máxima publicidad, consagrada en nuestra Constitución.

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20 de marzo del 2020 / Adoptar el principio de confidencialidad

Adoptar este principio en todas aquellas  denuncias y procedimientos que sean manejados por los Consejos Técnicos y Académicos,  generados por conductas  encuadradas en la violencia sexual,  tales como  hostigamiento sexual, acoso sexual, discriminación, entre otras.

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27  de  Febrero  del 2020 / Reformulación en la expedición del  Protocolo para  la  Atención de Casos de Violencia de Género

Para alentar  la denuncia y  brindar a las partes involucradas, una adecuada prevención, atención y sanción  a las personas involucradas en las reprochables conductas irregulares contempladas dentro de la violencia de género, se reformulo la recomendación general  en el sentido de que a la brevedad se emitiera el  Protocolo para  la  Atención de Casos de Violencia de Género,   para atender la compleja problemática  que se genera en la sociedad en general y al interior de esta Universidad.

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27  de  Febrero  del 2020 / Expedición de credenciales oficiales en favor de la comunidad universitaria

En atención de consagrar nuestra Constitución Política  de los Estados Mexicanos el derecho de identidad,  se emitió la Recomendación general a fin de que sean expedidas credenciales oficiales universitarias en favor de los integrantes de la comunidad universitaria.

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30  de Agosto 2019 / Reforma al artículo trece (13°) del Reglamento General de Evaluación de Pregrado de la Universidad

Con el objetivo de regular adecuadamente el Recurso  de Inconformidad que se interpone en contra de una calificación, se propuso al Consejo Universitario  la reforma al artículo trece (13°) del Reglamento General de Evaluación de Pregrado de la Universidad.

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13 de agosto del 2019 / Derecho a baja de materias para alumnos

Con fecha 13 de agosto del 2019 se notificó al Presidente del H. Consejo Universitario, al Secretario del H. Consejo Universitario y al Director General de Servicios Académicos la presente RECOMENDACIÓN GENERAL, que consideramos conveniente realizar con el objetivo de proteger derechos  de los estudiantes, relativo a las bajas  de materias:

PRIMERO. - Se recomienda a la Dirección General de Servicios Académicos, otorguen el derecho en favor de los estudiantes hasta por el plazo de quince días hábiles contados a partir del inicio de  clases para que quien solicite baja de materias,  procedan  a efectuarla, ya que con base en las consideraciones antes expuestas,  existe el derecho de los estudiantes para  solicitarla  y la correlativa obligación de la autoridad de autorizarla.

SEGUNDO. - Proceda el H. Consejo Universitario, a generar los actos jurídicos y materiales necesarios para que dentro de la programación de sus actividades y en ejercicio pleno a su soberanía universitaria; realicen la regulación adecuada relativo a la autorización de las bajas de materias que con mucha frecuencia solicitan los estudiantes de pregrado.

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Con esta fecha se emitió a los Jefes de Departamento y Coordinadores de Programas Académicos la presente RECOMENDACIÓN GENERAL respecto a informar sobre los logros obtenidos por los estudiantes.

Única: Se recomienda a los Docentes adscritos a sus programas; que antes de capturar las calificaciones, deben informar a los (las) estudiantes los resultados  de sus evaluaciones y motivos de su calificación lo anterior con fundamento en el artículo 10 y 13 del Reglamento General de Evaluación de Pregrado

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10 de marzo de 2008 / Recomendaciones realizadas a la Comisión de Evaluación del Programa de Estímulos al Desempeño Docente:

PRIMERA.- Para una mayor transparencia en el proceso de evaluación que realiza la Comisión de Evaluación del Programa de Estímulos al Desempeño Docente, se recomienda que se entregue al profesor evaluado copia del protocolo de evaluación simultáneamente con el documento que contiene el resultado de su evaluación. (En trámite)

SEGUNDA.- De igual forma se recomienda a las autoridades competentes encargadas de resolver los recursos de revisión interpuestos por los académicos en contra del resultado de la evaluación, que en cumplimiento de la garantía de legalidad de los artículos 14 y 16 constitucionales, se estudien y analicen todas las razones de inconformidad expresadas por los recurrentes,  evitando hacerlo de una forma general. (En trámite)


8 de enero de 2008 / Plazo del Programa de Estímulos al Desempeño Docente

Recomendación al H. Consejo Académico de ampliación del plazo, según la convocatoria, con el objeto de presentar la documentación necesaria para participar en el Programa de Estímulos al Desempeño Docente. (Fue aceptada por la H. Comisión de Evaluación del Programa de Estímulos al Desempeño Docente)


24 de septiembre de 2007 / Proyecto de Estatuto del Personal Académico

Observaciones y propuestas para la reforma del Proyecto de Estatuto del Personal Académico con el fin de salvaguardar los derechos de los profesores e investigadores. (Fueron incluidas en el Estatuto aprobado por el H. Consejo Universitario en sesión del 28 de febrero de 2008).


Reglamento General de Elecciones de la UACJ

El equipo de la Defensoría participó en colaboración con la oficina del Abogado General en la redacción del proyecto de Reglamento General de Elecciones de la UACJ, mismo que fue aprobado recientemente por el H. Consejo Universitario.


Reglamento de los Honorables Consejos Técnicos

A propuesta de la Defensoría se realizaron varias observaciones al Reglamento de los Honorables Consejos Técnicos mismas que fueron aceptadas e incorporadas  al mismo, se amplió así el plazo para registrar planillas y se disminuyó a 32 créditos al mínimo que deben tener los estudiantes para ser candidatos.