1 |
Contar con un Reglamento o
Estatuto que contenga los derechos y
obligaciones de los trabajadores académicos expedido por el Consejo
Universitario, con pleno respeto de las disposiciones legales y
contractuales que protegen el derecho del trabajo. |
1 |
Contar con un Reglamento donde se
estipulen la competencia y el
procedimiento para conocer y sancionar las faltas cometidas por los
integrantes de la comunidad universitaria. |
3 |
Mantener su adscripción, su categoría
y nivel, los cuales solo podrán
ser modificados de conformidad con las disposiciones y procedimientos
legales. |
4 |
Gozar de permisos y licencias
──entre otras;
por motivos personales, enfermedad, para la capacitación y el
fortalecimiento de las aptitudes docentes, para realizar estudios o
estancias de investigación científica en instituciones nacionales o
extranjeras── cumpliendo con los requisitos establecidos en la normatividad
Universitaria. |
5 |
El personal académico femenino,
gozará de noventa días naturales de
descanso por motivo de alumbramiento; distribuidos según la
normatividad,
percibiendo el salario íntegro. El personal académico masculino, gozará de
cinco días laborables de descanso con goce de sueldo, posteriores al
alumbramiento, contados a partir del nacimiento o al día siguiente.
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6 |
Manifestar, en los casos en que sea
adecuado, su carácter de personal académico de la Universidad.
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7 |
Obtener las distinciones
académicas
que le corresponden, de conformidad con las disposiciones normativas
universitarias vigentes.
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8 |
Votar y ser electo para integrar los
órganos
de gobierno y cuerpo colegiados de la institución, en los términos y
condiciones que establezca la normatividad universitaria vigente.
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9 |
Solicitar permisos en una o varias
ocasiones, siempre que la suma de días no exceda de 3 durante un
semestre, y no resulten afectados los intereses o actividades
académicas.
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10 |
Gozar de promoción automática para
obtener
una categoría superior o un nivel superior, dentro de la misma categoría, en
los términos de la normatividad Universitaria.
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11 |
Presentar los recursos señalados por los
Reglamentos, con el objeto de que las autoridades universitarias revisen sus
casos.
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12 |
A recibir de la Universidad al
momento de pensionarse o jubilarse una prima de antigüedad equivalente a 30
días de salario por cada año de servicio prestado. Así mismo, en forma
adicional se le otorgara la cantidad de 120 días de salario al promover su
jubilación.
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13 |
Recibir una pensión bajo las
condiciones estipuladas en el Reglamento de Aplicación del Fondo de Planes
de Beneficio para el Personal Académico Definitivo de la Universidad
Autónoma de Ciudad Juárez, o como en el futuro sea denominado.
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14 |
Trabajar para los fines de la universidad
que son:
-
► Impartir educación superior en todos los grados preparando
profesionistas técnicos requeridos
para el desarrollo de la región y del país.
- ► Promover en sus componentes una formación integral.
- ► Realizar investigación científica relacionada fundamentalmente
con
los problemas del país del
Estado y de los Municipios.
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15 |
Percibir por trabajos realizados
al
servicios de la Universidad previa determinación de las condiciones con
ésta, las regalías en especie que le correspondan por derechos de autor y de
propiedad industrial.
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16 |
Recibir el cónyugue supérstite o
sus descendientes conforme a la normatividad; la pensión que por sus labores
prestadas a la Institución, en caso de muerte del jubilado o pensionado. Así
mismo a percibir la prima de antigüedad a la que tuviere derecho el
trabajador académico.
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17 |
Acudir a la Defensoría de los
Derechos Universitarios.
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18 |
Percibir un sueldo integrado en el caso de
ocupar un cargo administrativo.
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19 |
Mantener su horario de labores o
solicitar, justificadamente, el cambio del mismo; el derecho a cambio estará
supeditado a la marcha y buen servicio de la institución.
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20 |
Recibir el crédito respectivo por su
participación en los trabajos colectivos académicos.
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21 |
Presentar para que se valorice, debida y
obligatoriamente, su documentación académica para efectos de nombramiento o
promoción.
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22 |
Gozar del año sabático por cada seis años
de servicio académico ininterrumpido, o sus modalidades.
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23 |
Ser representado por su Sindicato, en la
defensa de sus intereses laborales individuales, ante cualquier Autoridad
Universitaria.
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