Procedimientos del Reglamento Escolar,


I. DGSA Procedimiento para el reconocimiento de antecedentes académicos

Con la finalidad de cumplir con lo establecido en el capítulo II, Titulo Primero Ingreso del Reglamento Escolar de la UACJ se describen los procedimientos administrativos a seguir.

Estudios parciales realizados en la UACJ (CAMBIO DE PROGRAMA)
  1. Aspirantes que sacaron ficha para cambio de programa y fueron aceptados deberán ingresar al portal de la UACJ en ADMISION /LICENCIATURA/ y colocarse en la opción de RECONOCIMIENTO DE MATERIAS DE EDUCACION SUPERIOR y seleccionar la opción de ESTUDIOS PARCIALES REALIZADOS EN LA UACJ (CAMBIO DE PROGRAMA)
  2. El procedimiento esta automatizado por lo que si el cambio de programa procede se encontrara activado el botón de INICIAR PROCESO el día de publicación de resultados.
  3. Al activarlo deberá llenar los campos requeridos que son correo institucional y contraseña.
  4. Una vez de dar en ACEPTAR, su matrícula actual quedara INACTIVA hasta culminar con el proceso de cambio de programa.
  5. Aparecerán los requisitos obligatorios requeridos, si cumple con todos los requisitos podrá continuar con el proceso de cambio de programa.
  6. Se desplegará la lista de asignaturas equiparables y el monto a pagar. Si el aspirante está de acuerdo presionar el botón. Con ello se generará un folio y una papeleta de pago. La papeleta de pago contiene la información sobre Periodo escolar a ingresar, Programa educativo anterior, Nuevo programa educativo al cual fue aprobado, Materias a reconocer y Fecha límite de pago
  7. Una vez realizado el pago, el cual debe de realizarse en las fechas definidas para ello, el cardex se actualiza, la matricula se activa y se podrá continuar con la inscripción en el nuevo programa educativo.
  8. Si la decisión es no aceptar, al oprimir NO ACEPTO se cancelará el trámite de cambio de programa y podrá continuar con su programa educativo actual o como nuevo ingreso al programa educativo en que fue aceptado. Una vez cancelado no se podrá reactivar el trámite.
  9. Es requisito indispensable que el aspirante defina si esta de acuerdo o no en realizar el trámite, de lo contrario su matrícula se mantendrá en estatus de INACTIVA
Exalumnos titulados de la UACJ (inicio de otro programa)
  1. Aspirantes que sacaron ficha para inicio de otro programa y fueron aceptados deberán realizar el procedimiento de admisión subiendo a la plataforma los documentos solicitados en la fecha estipulada para generación de matrícula.
  2. Una vez obtenida su matrícula deberán ingresar al portal de la UACJ en ADMISION /LICENCIATURA/ y colocarse en la opción de RECONOCIMIENTO DE MATERIAS y seleccionar la opción de EXALUMNOS TITULADOS DE LA UACJ (INICIO DE OTRO PROGRAMA)
  3. El procedimiento esta automatizado por lo que se encontrará activado el botón de INICIAR PROCESO el día de publicación de resultados.
  4. Al activarlo deberá llenar los campos requeridos que son correo institucional y contraseña.
  5. Una vez de dar en ACEPTAR, su matrícula actual quedara INACTIVA hasta culminar con el proceso de inicio de otro programa.
  6. Si cumple con todos los requisitos solicitados, podrá continuar con el proceso.
  7. Se desplegará la lista de asignaturas equiparables y el monto a pagar. Si está de acuerdo presionar el botón. Con ello se generará un folio y una papeleta de pago. La papeleta de pago contiene la información sobre Periodo escolar a ingresar, Programa educativo anterior, Nuevo programa educativo al cual fue aprobado, Materias a reconocer y Fecha límite de pago
  8. Una vez realizado el pago el cual debe de realizarse en las fechas definidas para ello, el cardex se actualiza, la matricula se activa y se podrá continuar con la inscripción.
  9. Si la decisión es no aceptar, al oprimir NO ACEPTO se cancelará el trámite de inicio de otro programa y podrá continuar el proceso de inscripción como alumno de nuevo ingreso al programa en que fue aceptado. Una vez cancelado no se podrá reactivar el trámite.
  10. Es requisito indispensable que el aspirante defina si está de acuerdo o no en realizar el trámite, de lo contrario su matrícula se mantendrá en estatus de INACTIVA
Estudios de educación superior realizados en el extranjero (revalidación) y estudios de educación superior realizados en Mexico (equivalencia)
  1. El trámite de REVALIDACION y de EQUIVALENCIA se realizará únicamente en una sola ocasión y con anterioridad a la primera inscripción a la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez.
  2. Aspirantes que sacaron ficha para ingresar con reconocimiento de asignaturas cursadas en el extranjero o que provienen de una institución de educación superior en Mexico, recibirán por correo electrónico las indicaciones precisas de como entregar la documen
  3. tación necesaria para el trámite, así como las fecha límite para realizarlo.
  4. La DGSAc validara ante las instituciones educativas de procedencia la documentación que el aspirante entregó a fin de determinar la procedencia del trámite. Si la institución de procedencia no da respuesta o no la realiza en el tiempo establecido, se considerará improcedente notificándosele al aspirante.
  5. El trámite de revalidación y de equivalencia es independiente de la asignación de matrícula, por lo que, una vez aceptado en la UACJ, el aspirante deberá realizar el procedimiento de admisión subiendo a la plataforma los documentos solicitados en la fecha estipulada para generación de matrícula.
  6. Si cumplió con todos los requisitos para la REVALIDACION o la EQUIVALENCIA, la matrícula se inactivará para que no se inscriba a materias que serán reconocidas.
  7. A través del correo electrónico se le notificara al alumno la procedencia del trámite junto con el documento con la lista de las materias equiparables, así como el monto total a pagar.
  8. Si está de acuerdo con la cantidad de materias equiparables y con el monto a pagar, deberá realizarlo en una de las cajas de la UACJ y enviar en formato digital el recibo al correo que se le indique en las instrucciones, para que de esa manera se actualice el cardex y se activa la matrícula para que pueda proceder la inscripción.
  9. De no haber cumplido con la documentación solicitada en tiempo y forma o el no haber realizado el pago correspondiente en las fechas establecidas, entonces el trámite quedará cancelado por lo que podrá continuar su inscripción como alumno de nuevo ingreso al programa educativo en que fue aceptado. Una vez cancelado no se podrá reactivar el trámite.

II. DGSA Procedimiento para la solicitud y autorización de reactivación, suspensión temporal de matrícula, y cambio de campus

Con la finalidad de cumplir con lo establecido en los artículos 29 sobre la reactivación de matrícula, articulo 30 cambio de campus y articulo 40 suspensión temporal de matrícula del Reglamento Escolar de la UACJ se describe el procedimiento administrativo a seguir.

  1. Alumnos interesados presentaran por escrito, sea de manera física o mediante el correo electrónico institucional, la petición a la Coordinacion de Programa al que se encuentre adscrito, donde manifieste los motivos por lo que requiere la reactivación de matrícula, la suspensión temporal de la misma o bien el cambio de campus, presentando las evidencias pertinentes en cada caso.
  2. La Coordinacion de Programa valorara la petición de la solicitud y en caso de que la considere pertinente y viable, ingresara la solicitud respectiva en el módulo de Control Escolar/Reactivación - suspensión de matrícula/ generación de solicitud dentro del SIIv2
  3. Una vez generada la solicitud, le corresponde a la Jefatura de Departamento tomar la decisión de solicitar más evidencia mandándola de nuevo a revisión de la Coordinacion, decidir la no procedencia de la misma o bien dar la autorización electrónica para la autorización final por la Dirección de Instituto.
  4. Aquellas solicitudes creadas por la Coordinacion de Programa y autorizadas por las Jefaturas de Departamento quedan visibles para la Direccion de Instituto quien asume la responsabilidad final para proceder o no con la autorización definitiva dentro del mismo sito del SIIv2.
  5. Una vez autorizada electrónicamente por la Dirección de Instituto, en un lapso no mayor a 3 días hábiles, la DGSAc procederá a implementar el cambio. Sea que se reactive la matricula en cuyo caso quedara de INACTIVO a estatus de ACTIVO o en caso de suspensión temporal el estatus cambiara de INSCRITO a ACTIVO
  6. En el caso de cambio de campus, el cambio se aplicará siempre y cuando no se tenga PROYECTO DE INSCRICPIÓN elaborado del campus de procedencia. En caso de tenerlo, será el interesado quien tenga que eliminarlo a fin de volver a crearlo en el nuevo campus asignado.
  7. Cuando el cambio de campus se requiera por necesidad propia de los PE que migran a sus estudiantes cuando alcanzan determinado número de créditos, el procedimiento se mantendrá igual salvo que en la justificación se colocara la leyenda de MIGRACIÓN A CAMPUS POR CRÉDITOS ACUMULADOS.
  8. Sera obligación de la Coordinación de Programa notificar vía correo electrónico al alumno de la procedencia del trámite solicitado y de la fecha en que se aplicó.

III. DGSA. Procedimiento de inconformidad de la calificación final

Reglamento Escolar. Artículo 35. En caso de error en el registro de la calificación, se procederá a la rectificación por parte del docente, siempre y cuando se solicite por escrito o correo electrónico institucional, dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes a la fecha en que se publicó el resultado de la evaluación.

  1. El docente deberá de ingresar de nuevo al portal de captura de calificaciones y realizar la modificación que considere pertinente.
  2. Si el periodo de captura de calificación final se encuentra cerrado deberá enviar mediante oficio, la calificación nueva a la Jefatura de Departamento correspondiente junto con la evidencia que justifique la modificación
  3. Sera la Jefatura de Departamento quien realice el cambio de calificación directamente en el cardex del estudiante ingresando al SIIv2 mediante la herramienta de ACTA DE CORRECCIÓN y deberá colocar en el recuadro de observaciones el nombre del docente y especificar si fue por omisión o error de captura. La corrección deberá hacerse en un plazo no mayor a 5 días hábiles una vez concluido el periodo de evaluación final.
Reglamento Escolar. Artículo 36. En caso de inconformidad por parte del estudiante con el resultado de la evaluación final, se seguirá el siguiente procedimiento

  1. El estudiante deberá manifestar su inconformidad por escrito o correo electrónico institucional ante la Jefatura del Departamento correspondiente, en un plazo de 2 (dos) días hábiles siguientes a la fecha en que se publiquen las calificaciones finales, haciendo una exposición de motivos y anexando la evidencia pertinente.
  2. La Jefatura de Departamento formara una comisión conformada por tres profesores de la academia a la que corresponda la asignatura y le turnara el caso a revisión anexando tanto la evidencia presentada por el alumno como la presentada por el profesor.
  3. Una vez generado el dictamen por la comisión revisora, la Jefatura de Departamento la turnara a la Dirección del Instituto para su notificación al Consejo Técnico. El dictamen se considera inapelable.
  4. Finalmente será la Jefatura de Departamento quien notificará al alumno de la decisión y en caso de modificación la realizará directamente en el cardex ingresando al SIIv2 mediante la herramienta de ACTA DE CORRECCIÓN y debiendo colocar en el recuadro de la justificación la fecha del dictamen de la comisión revisora.
  5. La enmienda en el cardex no deberá exceder a un periodo de 10 (diez) días hábiles a partir de la conformación de la comisión revisora.

IV. DGSA. Procedimiento para la acreditación de Cursos en sustitución de examen y trabajos de investigación como opciones de titulación extracurricular

Para aquellos egresados que optaron por el curso en sustitución de examen o trabajo de investigación, el procedimiento para su acreditación para efectos de iniciar el trámite de titulación es el siguiente.

  1. Es responsabilidad de la Jefatura de Departamento correspondiente expedir un dictamen oficial donde conste que el egresado cumplió y acreditó la modalidad de titulación, el cual debe ser enviado de manera digital a la DGSAc.
  2. En el caso de CURSO EN SUSTITUCIÓN DE EXAMEN se requiere el nombre del curso, fecha en que se impartió, número de horas (mínimo 160), fecha de aprobación por el H. Consejo Técnico y dictamen de acreditado.
  3. Para el caso de TRABAJO DE INVESTIGACIÓN se requiere título del trabajo, nombre de los revisores (deben ser 3 revisores asignados por la jefatura del departamento), y fecha de dictamen de aprobación.
  4. La evidencia documental para ambos casos será resguardada en el expediente digital del egresado por parte de la DGSAc.
  5. Una vez requisitado los campos a llenar, es la DGSAc quien generará la CONSTANCIA DE TITULACIÓN DE MODALIDAD EXTRACURRICULAR que corresponda, la cual se entregará al interesado al momento de la entrega física de los demás documentos académicos al finalizar el trámite de titulación.

V. DGSA. Procedimiento para solicitud, desarrollo y validación de examen profesional o de grado

Este procedimiento está diseñado para aquellos Programas Educativos donde el examen profesional en el pregrado y el examen de grado en el posgrado, son considerados una o la única opción de titulación.

    Actividades previas al examen

  1. Es responsabilidad de la Coordinación del PE asegurarse que el sustentante cumple con los requisitos académicos y administrativos para optar por el examen profesional o de grado que establece el reglamento correspondiente, incluyendo el pago respectivo.
  2. El coordinador de PE comunicará a la Jefatura del Departamento a través del SIIv2 la planeación del examen con una anticipación de por lo menos 10 días hábiles. En la plataforma se establecerá lugar, fecha y hora en que se llevará el examen y el nombre y rol de los integrantes del sínodo. En la notificación se especificará quiénes de los miembros del sínodo usarán la modalidad EN LÍNEA .
  3. Una vez autorizado el examen por la Jefatura del Departamento, los participantes serán notificados de manera electrónica y se imprimirá el formato de CONSTANCIA DE EXAMEN para ser llenado al momento de la presentación. La constancia de examen es un documento de trabajo interno y en ningún momento sustituye el ACTA DE EXAMEN.
  4. Será responsabilidad del Coordinador del PE acondicionar un espacio adecuado dentro de las instalaciones universitarias para que el examen se lleve a cabo y así mismo gestionar la plataforma virtual en el caso de que alguno o todos los miembros del sínodo participen en modalidad EN LÍNEA.
  5. La participación de los involucrados en la modalidad EN LÍNEA se realizará utilizando plataformas virtuales, convenientes para los involucrados sea por su fácil acceso, seguridad, o costo, entre otros aspectos. La selección de la plataforma dependerá del número de participantes involucrados en la modalidad EN LÍNEA.
  6. Cuando el examen sea llevado a cabo completamente EN LÍNEA, se deberá proporcionar a la comunidad académica un hipervínculo de acceso que les permita acceder al evento como asistentes virtuales.

  7. Actividades durante el examen

  8. El presidente del jurado presentará y dará la bienvenida a los miembros del sínodo y cederá la palabra al sustentante. En caso de el uso de la modalidad EN LÍNEA, deberá asegurarse de la efectividad en la comunicación.
  9. El sustentante realizará su presentación y el examen se desarrollará de acuerdo con los criterios establecidos por la Presidencia del sínodo.
  10. El presidente del jurado, como moderador de la disertación, cederá la palabra a los miembros del jurado para que realicen los cuestionamientos directos al sustentante.
  11. Cuando la mayoría o todos los miembros del jurado estén participando EN LÍNEA se deberá establecer un medio de comunicación alterno, para que al término de la disertación puedan libremente deliberar sobre el resultado del examen. Podrán usar videollamada, chat o correo electrónico en el que puedan de manera libre emitir individualmente su voto correspondiente. Este acto no es de carácter público.
  12. Una vez que el jurado determine de manera privada al veredicto, utilizando el mismo medio de interacción de la disertación, el presidente o secretario dará lectura de la CONSTANCIA DE EXAMEN, donde se expresa el resultado de este, y en caso de que proceda se hará la toma de protesta.
  13. Es requerido que, en la modalidad de examen EN LÍNEA, se genere evidencia de la realización de este mediante videograbación para validar la presentación del mismo y constituir el expediente electrónico de exámenes bajo esta modalidad. Actividades después de concluido el examen

  14. Actividades después de concluido el examen

  15. Una vez concluido el examen, la Coordinación del PE realizará dentro del SIIv2 la captura del dictamen obtenido por el sustentante en el examen que podrá ser: pendiente, aprobado por mayoría de votos o aprobado por unanimidad de votos.
  16. La Jefatura del Departamento da por válido el procedimiento del examen, la participación de quienes utilizaron la modalidad EN LÍNEA, así como el veredicto, mediante autorización electrónica dentro del SIIv2
  17. Es responsabilidad de la DGSAc generar el ACTA DE EXAMEN la cual se entregará al interesado al momento de la entrega física de los demás documentos académicos al finalizar el trámite de titulación.

VI. DGSA. Procedimiento para inicio de trámite de titulación

  1. El trámite se iniciará exclusivamente en línea, por lo que el egresado deberá ingresar a la página oficial de la UACJ, www.uacj.mx y seleccionar la opción “CONECTA UACJ”.
  2. Dentro de CONECTA UACJ, deberá seleccionar “Tu información en línea”. Para ello es indispensable que el egresado tenga su cuenta institucional de correo electrónico activa. En caso de tenerla inactiva se debe mandar un correo al cast@uacj.mx solicitando su activación.
  3. En “Tu información en línea” deberá situarse en el apartado de Inicio de Trámite de Titulación y revisar que los requisitos para la titulación se encuentren marcados como validados: tener acreditados la totalidad de créditos del Programa Educativo (PE); servicio social liberado; no tener adeudos de documentos académicos; Examen de Egreso acreditado con el puntaje establecido (solo para aquellos PE que aplique); tener acreditada la opción de titulación (solo para los PE con modalidad extracurricular); no tener adeudo administrativo y contar con el pago del trámite de titulación. En caso de que alguno de ellos no este validado se mostrará en la pantalla el correo de contacto pertinente para poder cumplir con el requisito.
  4. Una vez satisfechos todos los requisitos anteriores se encontrará habilitado un espacio para anexar las fotografías (tamaño credencial y tamaño título), las cuales deberán ser con las características específicas que pueden ser consultadas en el portal de TITULACIÓN de la DGSAc.
  5. Sera la DGSAc la responsable de dar seguimiento al trámite. Primeramente, se envía al Centro de Servicios Bibliotecarios para liberar adeudos y posteriormente se revisan y validan las fotografías. En ambos casos si existiera algún inconveniente, el egresado podrá revisar su trámite y encontrará las observaciones pertinentes para su atención.
  6. Si las fotografías cumplen con las características establecidas y no se cuenta con adeudo en bibliotecas, se le hará llegar al egresado, vía correo electrónico la NOTIFICACIÓN DE INICIO DE TRÁMITE DE TITULACIÓN y se habilitará en “Tu información en línea” un botón para que pueda descargar su CONSTANCIA de inicio de trámite.
  7. En un máximo de quince días hábiles se habilitará un botón en el mismo portal, para que descargue en “Tu información en línea” el TÍTULO ELECTRÓNICO en formato PDF. A partir de ese momento ya se podrá ingresar al portal de la Dirección General de Profesiones para tramitar CÉDULA PROFESIONAL la cual solo está disponible de manera electrónica.
  8. Una vez generado el título electrónico, se le notificará al egresado el momento en que puede agendar cita para recoger personalmente en las oficinas de la DGSAc, los documentos de titulación que se expiden físicamente que son el lienzo institucional, relación de estudios, constancia de titulación y acta de examen (en los casos que aplique)

VII. DGSA. Procedimiento para el trámite de reposición de título

El egresado solo podrá solicitar la reposición de sus documentos de titulación por una sola ocasión, bajo el supuesto de modificación de datos personales.

El procedimiento consiste en

1. Oficio firmado por la persona interesada donde haga la solicitud de reposición de título por modificación de datos personales el cual deberá entregarse ante la Dirección General de Servicios Académicos (DGSAc).

2. Además de la solicitud, la persona interesada deberá cubrir la cuota de recuperación vigente al momento del trámite y presentar los siguientes documentos en original:

  • Acta de nacimiento.
  • CURP.
  • Identificación expedida por el Instituto Nacional Electoral.
  • Certificado de preparatoria.
  • Fotografías (en las cantidades y con las características que señale el área de titulación).
  • En caso de egresados de programas extracurriculares el Acta de examen profesional (expedido por la UACJ).
  • Documentos de titulación originales primigenios expedido por la UACJ, mismos que dejará para su expediente académico en la institución.


3. Todos los documentos, a excepción de los originales primigenios, deberán tener los datos de identidad actualizados.

4. Será la Dirección General de Servicios Académicos quien realice las modificaciones en el módulo correspondiente dentro del Sistema Integral de Información y genere los documentos actualizados del interesado, quien será notificado una vez concluido el trámite.